El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS/CAS) ha confirmado una apelación presentada por el atleta estadounidense de taekwondo Steven Lopez y el entrenador Jean Lopez, levantando todas las suspensiones impuestas a la pareja por World Taekwondo (WT).
Los daños ocasionados en el aspecto moral, económico y deportivo “son incalculables” para la familia más laureada del Taekwondo, sin embargo esta nueva decisión del TAS reivindica a los hermanos López que ya habían obtenido una resolución favorable en 2019.

El caso
Steven López fue suspendido de sus actividades deportivas cuando aún estaba participando en competencias, por alegaciones de presunto abuso de algunas compañeras de entrenamiento.
Los hermanos López fueron suspendidos provisionalmente del deporte y sus licencias del Sistema Mundial de Membresía Mundial de Taekwondo fueron revocadas luego de una investigación del Centro de SafeSport de los Estados Unidos que concluyó que ambos habían violado el Código SafeSport para el Movimiento Olímpico y Paralímpico de los Estados Unidos.
Decisión del Tribunal

Si bien los hallazgos fueron anulados en enero de 2019 y SafeSport retiró sus sanciones, WT decidió mantener las acciones disciplinarias.

En junio se registró una apelación ante el TAS/ CAS y, después del procedimiento de arbitraje, el panel del tribunal concluyó que “WT no proporcionó pruebas convincentes de que el Código de Ética de 2008 se publicó o se puso a disposición de los apelantes”.
Los hermanos habían sido castigados utilizando una copia del Código de Ética de WT que no era aplicable, dictaminó el TAS.
Aspecto legal
¿Qué es el TAS?
El Tribunal de Arbitraje Deportivo o Tribunal Arbitral del Deporte (también conocido como TAS por las siglas de Tribunal Arbitral du Sport en francés) es un órgano internacional de arbitraje o mediación que dirime disputas en torno al deporte.
La base de defensa de los hermanos López comandada por abogados de alto nivel, insistieron en la inocencia de los deportistas y se apegaron al aspecto legal para probar que los procedimientos fueron mal ejecutados.
“El panel de tribunal escuchó evidencia y presentaciones legales relacionadas con acusaciones de acoso sexual que involucraron a los apelantes entre 1997 y 2013“, se lee en un comunicado.
Sin embargo, en aplicación del principio legal fundamental de que nadie puede ser castigado por hacer algo que no esté prohibido por la ley ( nulla poena sine lege ), y en ausencia de normas disciplinarias o éticas pertinentes implementadas o publicadas por WT en el momento de las supuestas violaciones, el Panel del TAS no estaba en condiciones de sancionar a los apelantes, incluso si el Panel supusiera que habían cometido una infracción.
De hecho, el Panel observó que WT acusó a los apelantes sobre la base de su Código de Ética de 2011, que entró en vigor el 15 de septiembre de 2011, pero que todos los incidentes relevantes por los que se acusó a los apelantes supuestamente ocurrieron antes del 15 de septiembre de 2011 y, por lo tanto, no eran sancionables sobre la base del Código Ético de 2011.
En la audiencia, WT presentó por primera vez que se había implementado un Código de Ética en 2008, una presentación que el Panel consideró inadmisible e inadmisiblemente tardía.
-En cualquier caso, el Panel encontró que WT no proporcionó evidencia convincente de que el Código de Ética de 2008 se publicó o se puso a disposición de los apelantes.
Daños
Con dos decisiones a favor, una tomada en 2019 y otra recién, los hermanos Jean y Steven López, tienen el argumento legal o resolución para volver a las actividades oficiales del Taekwondo.
Actuación legal
Se desconoce si tras esta resolución del Tribunal, el equipo de abogados de los hermanos López, procederan a realizar demandas a instituciones deportivas, medios de comunicación, por daños a su imagen, mal procedimiento, entre otras, que afectaron ante la opinión pública su imagen olimpica.

En Estados Unidos hay cero tolerancia a cualquier tipo de abusos. Se reveló que los hermanos López, tienen en su poder, pruebas personales que les protegió en su debido momento. Esto evitó que la policia pudiera tener un caso. De allí la fortaleza de su defensa, trascendió.
Existe la necesidad de mantener el Fair Play en cada proceso del deporte. Es deber mantener seguro el deporte, sin embargo, hay que tener en cuenta la presunción de inocencia, dado que una actuación incorrecta, sin las debidas pruebas puede incurrirse en actos precipitados de juzgamiento. – Nadie es culpable, hasta que no se demuestre lo contrario-
Carlos Hernández